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lunes, 8 de agosto de 2022

GRABACIÓN DE LA CONVERSACIÓN CON UN SUPERIOR II

 

GRABACIÓN CONVERSACIÓN CON SUPERIOR ESTANDO DE SERVICIO II

 

HECHOS:

Un Guardia Civil eleva un parte disciplinario contra un Oficial del cuerpo ante la presunta comisión por parte de este de una falta disciplinaria de carácter grave ya que, según alega, encontrándose de servicio, dicho Oficial se dirige contra su persona de manera autoritaria, chulesca e invasiva. Junto con dicho parte disciplinario acompaña una grabación realizada como prueba de los hechos, la cual ha sido realizada sin conocimiento ni consentimiento del citado Oficial.

PROPUESTA:

En informe jurídico se considera que la actitud desarrollada por dicho Oficial podría encajar en infracción disciplinaria de carácter leve (ya que cumple con su obligación de corregir las infracciones que observe en los de inferior empleo), preceptuada en el art. 9.1 de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinaria de la Guardia Civil, consistente en: “La desconsideración o incorrección con los subordinados en el ejercicio de las funciones, con ocasión de aquellas o vistiendo de uniforme”.

La actividad desarrollada por el Guardia Civil grabador de las conversaciones, es considerada como presunta falta disciplinaria de carácter grave (grabación subrepticia a un superior), preceptuada en el art. 8.6 de la citada Ley, consistente en: “La grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos en el ejercicio de sus funciones, con ocasión de ellas o vistiendo de uniforme”.

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