Conforme al
primer apartado del art. 66 de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de la
Guardia Civil: “Las sanciones impuestas
serán inmediatamente ejecutivas, no
suspendiendo su cumplimiento la interposición de ningún tipo de recurso,
administrativo o judicial”. Queda claro que NO existe ningún tipo de plazo
que medie entre la imposición de la sanción y la ejecución de la misma,
predominando la inmediatez como acabamos de ver.
Si leemos el
apartado 3 del mismo art. 66: “De no ser
posible el cumplimiento de la sanción…; por hallarse el funcionario en situación administrativa que lo impida,
esta se hará efectiva cuando su cambio de situación lo permita, salvo que haya
transcurrido el plazo de prescripción.”
¿Cómo se
ejecutará un sanción disciplinaria cuando el encartado se encuentra en situación
administrativa que lo impida?¿Queda sin responsabilidad?
Habrá que
esperar al cambio de situación a otra que permita la ejecución de la misma.
Dicho periodo no interrumpe el plazo de prescripción de la sanción, por lo que
transcurrido dicho plazo, la sanción se tendrá por prescrita.
Un Guardia
Civil pasa a la situación de suspensión de empleo como consecuencia de la
condena en virtud de sentencia firme como autor de delito doloso. Finaliza la
instrucción de expediente disciplinario imponiendo la sanción disciplinaria de
cuatro años de suspensión de empleo. Pues bien, la sanción disciplinaria NO podrá hacerse efectiva hasta que
cese en la situación anterior y siempre y cuando no haya transcurrido el plazo
de prescripción de la sanción.
¿Cuándo se
ejecuta la sanción disciplinaria de separación
del servicio?
El mismo día
de su notificación, NO siendo
necesario esperar al transcurso del plazo para recurrir o a la resolución del
recurso caso que se haya interpuesto.
Si el
expedientado se encuentra de vacaciones… ¿afectaría?
Si aún no ha iniciado el periodo vacacional
tiene prioridad el cumplimiento de la sanción disciplinaria. Si por el
contrario, ya ha tenido inicio dicho
periodo, conviene esperar al término del mismo teniendo siempre en cuenta los
límites temporales de prescripción.
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