APLICACIÓN
DE LA LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS F.F.A.A A LOS MIEMBROS DE LA
GUARDIA CIVIL
La Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las
Fuerzas Armadas se aplicará al personal de la Guardia Civil cuando actúe en misiones de carácter militar o integrado en unidades militares.
También será de aplicación al personal de la Guardia Civil durante la fase de
formación militar como alumno en
Centros docentes de formación de las Fuerzas Armadas.
Será efectiva dicha sujeción desde la notificación individual de dicha
circunstancia.
Todos aquellos hechos disciplinarios que hayan sido
cometidos durante las situaciones descritas en el párrafo 1º que NO hubieran sido sancionados al
concluir dicha sujeción serán puestos en conocimiento de la Dirección General
de la Guardia Civil para su investigación y eventual sanción.
Podrían llegar a aplicarse sanciones disciplinarias
de la entidad de privación de salida de
la unidad (leves) o de arresto (prevista
tanto para faltas muy graves y graves como para faltas leves) al personal de la
Guardia Civil.
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