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martes, 26 de julio de 2022

APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS F.F.A.A A LOS MIEMBROS DE LA GUARDIA CIVIL

 

APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS F.F.A.A A LOS MIEMBROS DE LA GUARDIA CIVIL

La Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas se aplicará al personal de la Guardia Civil cuando actúe en misiones de carácter militar o integrado en unidades militares. También será de aplicación al personal de la Guardia Civil durante la fase de formación militar como alumno en Centros docentes de formación de las Fuerzas Armadas.

Será efectiva dicha sujeción desde la notificación individual de dicha circunstancia.

Todos aquellos hechos disciplinarios que hayan sido cometidos durante las situaciones descritas en el párrafo 1º que NO hubieran sido sancionados al concluir dicha sujeción serán puestos en conocimiento de la Dirección General de la Guardia Civil para su investigación y eventual sanción.

Podrían llegar a aplicarse sanciones disciplinarias de la entidad de privación de salida de la unidad (leves) o de arresto (prevista tanto para faltas muy graves y graves como para faltas leves) al personal de la Guardia Civil.

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